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AVANCES . Se eliminó el control estatal sobre los derechos de autor en Argentina

ESCUCHÁ LA NOTICIA☝️ –Se publicó en el Boletín Oficial el DNU 138/25 que según la explicación oficial elimina el monopolio de las sociedades de gestión colectiva (SGC) como SADAIC, SAGAI, AADI-CAPIF, DAC y ARGENTORES permitiendo la creación de nuevas entidades y acuerdos directos entre artistas y usuarios.
Antes del DNU, el Estado controlaba los ingresos de los artistas a través de las SGC. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger mantuvo una postura muy crítica al señalar que esta forma de control estatal ha servido para “premiar” o “disciplinar” a los artistas y volvió a explicar medidas en un extenso posteo en X.
“Liberamos a la cultura argentina del sistema de control estatal instaurado por el régimen de Onganía hace 50 años y que hasta la llegada del presidente Milei nadie quiso o se animó a desarmar”, aseguró.
Según Sturzenegger, la eliminación del control estatal en la cultura tiene aspectos positivos para los artistas locales:
· Mayor independencia y control sobre sus derechos: “Los artistas recuperan la libertad de controlar plenamente sus derechos, pudiendo elegir quién los representa o representarse a sí mismos sin la intervención obligatoria de las sociedades de gestión colectiva (SGC)1″.
· Eliminación del monopolio de las SGC: “Se elimina el monopolio que tenían las sociedades de gestión colectiva (SGC) como SADAIC, SAGAI, AADI-CAPIF, DAC y ARGENTORES en la representación de los derechos autorales y la fijación de tarifas…. Ahora, si alguien quiere fundar una SADAIC-2 para competir con SADAIC, podrá hacerlo!”, señaló el ministro.
· Posibilidad de acuerdos directos: “Los autores y creadores pueden celebrar acuerdos particulares sin la intervención de dichas sociedades, cobrando sus derechos ellos mismos y acordando la tarifa directamente con el usuario. Esto les da mayor control sobre sus ingresos y condiciones de contratación”.
· Fin de la obligación de cobrar a través de intermediarios: “Los artistas ya no están obligados a cobrar sus derechos a través de SADAIC u otras entidades similares, eliminando un proceso que se consideraba absurdo, donde debían pagar a estas sociedades para que luego les “devuelvan” lo que era suyo”.
· Mayor transparencia y eficiencia: Se espera que la competencia entre las SGC fomente la transparencia y las obligue a ofrecer un servicio transparente, eficiente y eficaz a sus socios. Se busca evitar que las SGC drenen recursos en gastos innecesarios, como se hacía antes.
· Fin del control estatal para disciplinar artistas: Se elimina el sistema que permitía al gobierno controlar los derechos de los artistas para disciplinarlos, ya sea privilegiándolos en el cobro o extorsionándolos.
El nuevo decreto 765/2024, que aplica modificaciones al decreto reglamentario 41.233/1934 y fue publicado este martes en el Boletín Oficial, hace hincapié en los medios tecnológicos y digitales que son parte del uso cotidiano en gran parte de la población y que son, relativamente, de fácil acceso, algo que la normativa vieja omitía por cuestiones de época y tecnología.
El nuevo decreto redefine la “ejecución pública” como aquella que se lleva a cabo en un espacio de acceso público y dirigido a una pluralidad de personas, independientemente de los fines de dicha ejecución.
“Se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”, señala el nuevo artículo.
En ese sentido, la novedad llega para las fiestas privadas, que quedarían exentas a pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic).
Hasta ahora se establecía para comidas con o sin show (fiestas empresariales, comerciales, institucionales y similares) un pago del 8% sobre los ingresos totales por venta de tarjetas o menús, o a opción del usuario, el 40% del 20% de los ingresos brutos totales por cada evento.
Fuente: diarionorte.com