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ARGENTINA . Loréfice Lynch vende, Santa María adquiere y González González impugna

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El empresario Carlos Loréfice Lynch anunció la venta de Canal 9 y FM Aspen a la cabeza del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y del Grupo Octubre, Víctor Santa María, en plena pugna por la propiedad de las acciones en Estados Unidos que se extendería hasta 2021. La información se confirmó a partir de un comunicado emitido desde el entorno de los empresarios frente a lo cual el equipo legal del tercero en discordia, el mexicano nacionalizado estadounidense Remigio González González, ya planea impugnar la operación en lo que anticipan como un largo proceso ante los tribunales locales.

“El Grupo Octubre (GO) culminó el proceso de compra de Telearte y de FM Aspen, quedando de esta manera como su operador”, señala el parte que fue convalidado por las partes ante la consulta de PERFIL. “La Argentina y el mundo se encuentran sumergidos en una de las peores crisis económicas, sociales y sanitarias de la historia producto de la pandemia. Es por esto que GO siempre ha intentado resguardar en forma irrestricta las fuentes laborales, tanto en Canal 9 como en FM Aspen y en todos sus medios de comunicación”, explica el documento.

El parte detalla que, en diciembre de 2019, el Grupo Octubre firmó acuerdos con Telearte para llevar adelante de manera conjunta la producción de contenidos y nuevos proyectos audiovisuales. Y en mayo de este año, avanzó con acuerdos para el desarrollo de la nueva señal de noticias IP. “Finalmente, en el mes de junio GO aceptó la propuesta para la adquisición de Canal 9 y FM Aspen, sujeto a estrictas obligaciones de confidencialidad y un proceso posterior que acaba de concluir exitosamente”, da cuenta de la operatoria.

Acorde al parte informativo, “al día de la fecha se han cancelado la totalidad de los créditos del concurso preventivo de las entidades vendedoras de Telearte, informando la operación al Juzgado interviniente y a las autoridades de aplicación”. Por lo que “finalizó hoy el proceso de compra de Telearte y FM Aspen, lo que llevará tranquilidad a las más de mil familias que trabajan directa o indirectamente en las emisoras”.

Ya Loréfice Lynch había transferido un paquete minoritario propio a Santa María en el pasado consistente en el 5% de IMC Radios SA, accionista de FM Aspen, y 7,01% de HFS Media SA, dentro de Telearte.

De esta forma, Santa María queda con el control del 90% de las acciones en discusión mientras que Loréfice Lynch retiene un 10% y permanecerá dentro del directorio como presidente de Telearte. En el círculo del argentino, cultor del bajo perfil, afirman que la operación ya se presentó en el ENaCom y que resta su autorización. Descuentan que no habrá inconvenientes dado que se trata de un grupo con inversiones en la Argentina y que ya posee otros medios.

Por su parte, los abogados del estadounidense vinculan la venta en Argentina a una estrategia paralela de avanzar sobre el hecho consumado.Apuntan, como evidencia, a la presunta venta del terreno donde se levanta Canal 9 a una empresa vinculada al sindicato de los encargados. Consultado al respecto, un representante de Loréfice Lynch adujo un acuerdo de confidencialidad para evitar responder al respecto.

Todo esto mientras continúa la pugna judicial en Estados Unidos entre Loréfice Lynch y González González por la propiedad del paquete accionario con dos fallos ya a favor del estadounidense. El empresario argentino jugó su última carta en noviembre ante la Corte Suprema de Delaware y debe aún presentar sus argumentos el 15 de diciembre, tras lo cual le tocará responder a la contraparte. Por este motivo, el litigio en el Norte no se cerraría hasta algún momento de 2021

La última decisión judicial en Delaware, donde se radicó la firma propietaria de Canal 9 y la Radio FM Aspen, significó un segundo revés judicial para Loréfice Lynch en lo que va del año. Además de avalar el cambio de manos de la sociedad propietaria en suelo norteamericano Belleville Holdings a González González, forzó al presidente de Telearte a acelerar su estrategia judicial saltando instancias de apelación y acudiendo directamente a la Corte Suprema estatal.

El segundo fallo de la denominada Corte de Equidad, emitido el 22 de septiembre, fue para levantar la medida cautelar que la propia jueza Morgan Zurn había dispuesto el 5 de julio de 2019, a dos meses de la presentación original de Loréfice Lynch ante esos tribunales para definir la propiedad de la sociedad. La magistrada había preservado entonces el statu quo en lo que refería al control de Belleville Holdings por el tiempo que se extendiera el litigio.

“He llegado a la conclusión de que las acusaciones de Lynch en las que se basa la SQO [cautelar] eran falsas y fueron presentadas de mala fe en un esfuerzo por robar lo que no era suyo. Lynch nunca fue el titular: presentó este litigio como un intento de apoderarse de la propiedad, no de retenerla”, acusó la jueza en su fallo final en un tono tan enfático como el de su primera decisión del 31 de julio, en la cual ya había beneficiado a González González.

En rigor, correspondió a una jugada del equipo del estadounidense quienes le solicitaron a la magistrada el 3 de agosto que revisara la cautelar cuyos efectos no se habían alterado con el primer fallo. El 28 de agosto, Loréfice Lynch alegó, entre otras razones, que las fuentes de trabajo podrían ponerse en riesgo si se caían las licencias al cambiar de manos Canal 9 y FM Aspen por involucrar un presunto fraude al Estado por parte de González González como el que se describía en el primer expediente. Por ende, tampoco debía levantarse la cautelar. Zurn opinó entonces que “las predicciones apocalípticas de Lynch para la empresa y su fuerza laboral son especulativas y atenuadas”. Sin embargo, tal es el corazón del argumento para concretar la venta al Grupo Octubre, según se lee en el comunicado.

Fuente: Mariano Beldyk / Perfil.com

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ARGENTINA . Secretaría de Comunicación para Belén Stettler. Ávila y la TV Pública?

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Tv Publica

La Secretaría de Medios del gobierno de Javier Milei estará a cargo de una integrante del equipo de Santiago Caputo, el estratega de la campaña libertaria.

La elegida es Belén Stettler, una profesional desconocida en el mundo de los medios nacionales. Es santacruceña, tiene 35 años y trabajaba en la consultora de Caputo y estaría acompañada por el experimentado consultor político Eduardo Roust.

Por otra parte, uno de los dueños de la filial argentina de Mediapro es el empresario Juan Cruz Ávila quien, de acuerdo a algunos rumores estaría interesado en comprar Canal 7 en el caso que se lance su privatización.

Mediapro estaría relacionada con una empresa china del sector de las telecomunicaciones experta en tecnología 5G.

A finales de abril de 2022, Mediapro adquirió el canal deportivo Fox Sports en Argentina junto con la totalidad de los derechos televisivos con los que contaba la señal previo a la fusión, Fox-ESPN en Latinoamérica.

Esta adquisición, fue con base en un acuerdo con The Walt Disney Company Latin America quien buscaba cumplir con las exigencias de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en Argentina para la desinversión

Fuente: iprofesional.com

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BUSINESS . Descartan charlas de Slim con Milei para comprar la argentina ARSAT

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Carlos Slim

Luego de los rumores sobre la posibilidad de que Carlos Slim empezara a negociar la comprar de la empresa estatal argentina de telecomunicaciones Arsat con el gobierno entrante de Javier Milei, América Móvil (AMX) negó que existan conversaciones al respecto. Fuentes de la compañía indicaron a Forbes México que es “totalmente falsa” la información dada a conocer por medios de comunicación esta semana.

Arsat es una empresa estatal de telecomunicaciones creada por Argentina el 22 de mayo de 2006, la cual busca brindar conectividad mayorista para acortar la brecha digital entre las pequeñas localidades y las grandes ciudades.

En la actualidad, Carlos Slim cuenta con diversos negocios en la Argentina, los cuales entre enero y septiembre de 2023 generaron ingresos por 445,830 millones de pesos.

La industria de las telecomunicaciones es un área clave y su regulador, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), es un puesto  muy codiciado. Quien influya en ese segmento tendrá control directo en la regulación, las inversiones, las tarifas y las licitaciones de licencias de negocios vitales, como son la provisión de internet y la telefonía móvil.

El área dependerá de Guillermo Ferraro, quien fue confirmado ministro de Infraestructura del nuevo gobierno.

En el país, son tres las compañías que compiten en la cima de la industria: la española Telefónica-Movistar; Telecom-Personal, del grupo Clarín; y Claro, del magnate Carlos Slim. El mexicano, que tiene un patrimonio de USD 94.000 millones según Forbes, habría tenido una fuerte presencia en la campaña de Milei.

Fuente: Forbes 

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ARGENTINA . Anulan el DNU que declaró servicio esencial a las telecomunicaciones

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Redacción deRadios.com
comunicaciones

El DNU 690/2020, que fue publicado en el Boletín Oficial el 22 de agosto de 2020, declaró como servicios públicos esenciales a los servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC, reincorporando el carácter de servicio público de competencia como artículo 15 de la Ley N° 24.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

El 7 de abril de 2021 Telecom Argentina SA, se presenta por apoderado y promovió demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional y ENACOM, a fin de que se declare la nulidad del DNU 690/2020 y la nulidad de las Resoluciones ENACOM 1466 y 1467 ambas de 2020; así como la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 26.122, que es el régimen legal de los DNU.

También efectuó reserva de reclamar daños y perjuicios irrogados por el DNU que congeló precios hasta el 31/12 /2020, sin prever compensación económica ni indemnización alguna.

El Estado Nacional contestó la demanda, alegando que el régimen jurídico de las telecomunicaciones no es inmutable y que su modificación se dio en el marco de una circunstancia excepcional, como fue, la emergencia sanitaria derivada de la pandemia de covid-19.

Asimismo, defendió que “los servicios Tics son servicio público esencial y estratégico del siglo XXI; debiendo satisfacer las notas típicas de continuidad, regularidad, igualdad, generalidad, obligatoriedad, universalidad y accesibilidad”.

La jueza sostuvo que la referida norma efectuó modificaciones jurídicas de carácter permanente y que, si bien el Poder Ejecutivo está habilitado constitucionalmente para dictar DNU en determinadas materias, la calificación como servicio público exige de “una ley forma del Congreso”.

La jueza De Negre sostuvo que tampoco se acreditaron las circunstancias excepcionales que habiliten al Poder Ejecutivo a dictar un DNU, la extensión de las medidas más allá de la pandemia las tornan -a su criterio- como irrazonables y la delegación contenida en favor del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) para dictar normas complementarias constituye una “delegación en blanco” contraria al artículo 76 de la Constitución Nacional.

En efecto, sostuvo que “fue la situación de emergencia sanitaria, en el marco de la pandemia del COVID-19, la que justificó otorgar medidas de protección y acceso a los servicios Tic y asegurar el derecho a la educación”.

Sin embargo, “no se estableció que su duración sería hasta la finalización de la pandemia, sino que las medidas se establecieron con carácter permanente. Ello afecta el principio de razonabilidad al establecer una discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados”, advirtió.

Fuente: Vanesa Petrillo / ámbito.com 

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